INTRODUCCIÓN
DUPLICAT DE SERVEIS INFORMATICS, S. L. se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web: https://www.duplicat.com/
SITUACIÓN DE CUMPLIMIENTO
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de algunos de los aspectos que se indican a continuación.
CONTENIDO NO ACCESIBLE
El contenido que se indica a continuación no es accesible por lo siguiente:
- a) Falta de conformidad con la legislación aplicable
- Algunos textos y elementos no alcanzan la relación de contraste mínima requerida.
- El carrusel / contenido en movimiento no dispone actualmente de un mecanismo accesible de pausa o detención.
- En determinadas páginas no existen vías alternativas de navegación además del menú principal.
Los detalles técnicos y el alcance de estos incumplimientos constan en el
Informe de Revisión de Accesibilidad (IRA) elaborado en el marco del Programa Kit Digital.
- b) Carga desproporcionada
- No aplica.
- c) Contenido que no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
- No aplica.
PREPARACIÓN DE LA PRESENTE DECLARACIÓN
La presente declaración fue preparada el 05/01/2026.
El método empleado ha sido una autoevaluación basada en la realización del Informe de Revisión de Accesibilidad (IRA) de acuerdo con la norma UNE-EN 301 549 y las WCAG 2.1 nivel AA.
Última revisión de la declaración: 05/01/2026.
OBSERVACIONES Y DATOS DE CONTACTO
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (art. 10.2.a del RD 1112/2018), tales como:
- informar sobre posibles incumplimientos,
- transmitir otras dificultades de acceso al contenido,
- formular consultas o sugerencias de mejora.
A través de: duplicat@duplicat.com
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja:
- fuera desestimada,
- no estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o
- no se cumpliera el plazo de respuesta,
podrá presentar una reclamación conforme al artículo 13 del RD 1112/2018 ante la entidad responsable correspondiente.
